ORGANIZACION DE LOS
ESTADOS AMERICANOS -
UNIDAD DE COMERCIO |
DISPOSICIONES SOBRE NORMAS Y LA EVALUACION DE
LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CONFORMIDAD EN LOS ACUERDOS DE
COMERCIO E INTEGRACION DEL HEMISFERIO OCCIDENTAL |
SG/TU/WG.STBT/DOC.6/96/Rev.3
9 febrero 1998
Original: Inglés
Distribución Limitada |
Parte
III |
LAS
ACTIVIDADES DE NORMALIZACION RECIENTES INCLUIDAS
EN LOS ACUERDOS SUBREGIONALES DE
COMERCIO E INTEGRACION |
I. LAS
ESTRUCTURAS ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA NORMALIZACION
OMC |
|
TLCAN |
El Capítulo 9 del TLCAN
sobre medidas de normalización requiere el establecimiento de
Subcomités sectoriales así como de un Comité general que se
especifica a continuación:
Comité de Medidas Relativas a Normalización (CMRN): El
Comité es responsable de la aplicación de las disposiciones del
Capítulo 9 sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. Este Comité
tiene sus propios términos de referencia los cuales están basados
en los lineamientos provistos en el Capítulo 9 y que incluyen el
progreso logrado de los cuatro Subcomités, los procedimientos para
la revisión de los temas actuales sobre nomalización, la
creación, cuando para ello fuera requerido, de nuevos subcomités y
la promoción de la cooperación en materia de normalización. Por
lo general, el Comité se reune tres veces al año en las capitales
de los Países Miembros del TLCAN.
Subcomité sohre la Normalización de Transporte Terrestre (LTSS):
El objetivo de este Subcomité es hacer compatible las medidas
relativas a la normalización de las gestiones ferroviarias, de
autobús y camión. Estará conformado por cinco grupos de trabajo y
cada uno enfocará un área de especialidad. Estas son:
- Normas y Cumplimiento de Conductores y Vehículos Automotores,
- Peso y Dimensiones de Vehículos Automotores,
- Señales de Tráfico
- Normas para Ferrocarriles
- Sustancias Químicas Peligrosas.
Además de explotar las normas reglamentarias existentes a fin de
fomentar las actividades comerciales transfronterizas, el Subcomité
también revisará los nuevos reglamentos que los Países Miembros
proponen con el objetivo de promover la compatibilidad.
Subcomité de Normas de Telecomunicaciones (TSSC): Este
Subcomité se hará cargo de la elaboración y aplicación de un
sistema uniforme para el equipo terminal de telecomunicaciones. En
la actualidad el trabajo del Subcomité se concentra principalmente
en asegurar la observancia de las obligaciones estipuladas en el
capítulo que el TLCAN dedica a las telecomunicaciones y las cuales
prescriben, para propósitos de certificación, que las Partes
establecerán los procedimientos de evaluación de la conformidad
dentro de un período de dos años --para 1997-- de modo que permita
la aprobación de los laboratorios de prueba que se encuentran
enterritorios de otras Partes. También se concentrará en hacer
compatible los requisitos reglamentarios respecto a los equipos de
telecomunicaciones. El Comité Consultativo sobre Telecomunicaciones
(CCT), trilateral y de dirección industrial, sirve de apoyo al
trabajo del Subcomité.
Consejo de Normas Automotrices:
El Consejo se responsabilizará de hacer compatible las medidas
relativas a la normalización que son de aplicación a los bienes de
la industria automotriz. El Consejo tiene términos de referencia ya
convenidos y está gestionando constituir grupos nacionales de
trabajo en cuatro sectores específicos, que son:
- Transmisiones/Emisiones/Motores/Combustibles,
- Seguridad de Vehículos Automotrices Livianos
- Seguridad de Vehículos Automotrices Pesados
- Repuestos y Equipos.
Subcomité sobre Etiquetado de Bienes Textiles y Del Vestido:
Este Subcomité se responsabilizará de la armonización de los
requisitos de etiquetado para facilitar el comercio en los bienes
textiles y del vestido. El Subcomité ha preparado sus téminos de
referencia y está actualmente concentrándose en los requisitos del
cuidado de etiquetado en los tres países.
Otros grupos y actividades relativos a la normalización:
Trilateral Standardization Forum
(TSF - Foro de Normalización Trilateral):
El TSF está dirigida por tres entidades acreditadas de
normalización en los países miembros, principalmente El American
National Standards Institute (ANSI-Instituto Nacional Estadounidense
de Normalización) de los EE.UU., Dirección General de Normas (DGN)
de México y Standards Council of Canada (SCC-Consejo de Canadá de
Normalización). El objetivo principal de este foro es promocionar
la armonización en lo que refiere la normalización voluntaria y
los procedimientos de evaluación de la conformidad en los tres
países. |
Comunidad
Andina |
De conformidad con la
Decisión 376 de la Junta del Acuerdo de Cartagena se ha creado el
Comité Andino de Normalización el cual funcionará en
coordinación con los Organismos de Coordinación de los cinco
países andinos por conducto de un Secretario y una institución
coordinadora.
La Comisión del Acuerdo de Cartagena, organismo principal de la
integración andina integrada por los países de Bolivia, Colombia,
Ecuador, Perú y Venezuela, aprobó la Decisión 376 el 18 de abril
de 1995, la cual implementó el Sistema Andino de Normalización,
Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y
Metrología.
El Comité Andino de Normalización, el cual administra el
Sistema Andino de Normalización, está conformado por un
representante principal y un alterno de cada uno de los países
miembros. La Junta del Acuerdo de Cartagena cumple con la función
de apoyo técnico y de coordinación y actúa como Secretario
Técnico del Comité y, entre otras labores, maneja el
funcionamiento del Sistema Andino de Normalización, de los
Organismos Nacionales de Certificación, de los Laboratorios de
Ensayo y de las Entidades de Certificación Acreditada y
Metrología.
El Sistema Andino está considerando crear los Comités Ad Hoc
para todos los asuntos relacionados con la seguridad, la salud, la
protección al consumidor, el medio ambiente y la defensa nacional,
y estará integrado por expertos y autoridades gubernamentales los
cuales supervisarán los reglamentos técnicos que correspondan.
Es importante indicar que, además de la Decisión 376, los
marcos legales de trabajo supranacionales a los cuales están
sujetos los diversos organismos competentes nacionales, incorporan
las disposiciones del Acuerdo de la Organización Mundial de
Comercio sobre Barreras al Comercio así como las estipuladas en el
Acuerdo de Cartagena, las del sector de operaciones técnicas, las
pautas y directrices de las organizaciones internacionales de
normalización como son, por ejemplo, ISO, IEC, UIT y CODEX
ALIMENTARIUS.
También se debe señalar que el Sistema Andino descrito más
arriba no abarca asuntos sanitarios y fitosanitarios debido a que
éstos están incluidos en la Decisión 328.
Los Países Miembros están desarrollando un procedimiento para
las normas andinas, en base a los Comités Técnicos que se
encuentran bajo supervisión de las entidades nacionales de
normalización. El objetivo es armonizar la normalización de
aquellos productos que conforman el comercio intrasubregional. Se
han constituido los siguientes Comités Técnicos:
- Uso Racional de la Energía y Eficiencia en el Uso de la
Energía: el programa de trabajo para 1996 incluye el estudio de
normas relativas a la eficiencia del uso de la energía de los
dispositivos eléctricos, alumbrado, motores, etc.;
- Evaluación de los Sistemas de Calidad y Tecnología: se rige
por la normas y pautas de ISO/CEI de la serie 9000 y 10000 de la
ISO. La mayor parte de estas normas han sido adoptadas con
anterioridad bajo la nominación de Normas Andinas;
- Comestibles: se está elaborando un grupo de trabajo en
coordinación con los organismos competentes que sirven de
supervisores de CODEX ALIMENTARIUS en los Países Miembros;
- Seguridades de los Juguetes: se está tramitando la
aprobación de tres normas de seguridad de los juguetes
relativos a las propiedades mecánicas y fisicas, la
inflamabilidad y migración de ciertos elementos;
- Gas: el programa incorpora un estudio sobre las instalaciones
para GLP en edificios residenciales y comerciales, instalaciones
de tuberías para el gas natural en edificios residenciales y
comerciales, la distribución de gas metano para uso comercial,
los envases para GLP, el transporte de envases y la
terminología;
- Derivados del Petróleo: abarca la normalización de la
mayoría de los combustibles utilizados en la subregión,
además de otros derivados tales como diluciones del asfalto,
emulsiones catatónicas de asfalto, laminados bituminosos, etc.;
- Productos Químicos Industriales: trata los productos como el
ácido sulfúrico, carbonatos de sodio, sulfato de aluminio,
hidróxido de sodio, carbón activado, carbonato de calcio,
caolín, espuma flexible, etc.;
- Seguridad: trata las mechas de seguridad y el vidrio de
seguridad; y
- Sanidad, Agua Potable y Cloacas: en la actualidad sus
actividades de trabajo se rigen bajo el programa CAPREANDESAPA.
El reglamento de la Red Andina de Organismos nacionales de
Acreditación y los principios y filosofía de la acreditación
andina que rigen los procedimientos de acreditación. Están en
proceso de adoptar los reglamentos de las Redes Andinas de
Organismos de Certificación, Laboratorios, y los Mecanismos de la
Solución de Controversias.
Los Países Miembros se están consagrando en la armonización de
los procedimientos y estipulaciones para obtener un permiso de salud
para Comestibles Procesados, Productos Farmacéuticos, y
Cosméticos. Los Países Miembros han enfocado también la
tipología, medidas y pesas para el transporte internacional de
carga y pasajeros. |
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
El Comité para Medidas
de Normalización se constituyó bajo el Artículo 14-17, y está
conformado por un número igual de representantes de cada Parte. La
primera reunión del Comité se celebró en Caracas, Venezuela en el
año 1995. El Comité además instituirá un Subcomité sobre
Medidas de Normalización Relativas a la Salud, y el considerarlo
oportuno, el Comité podrá constituir tantos subcomités como
grupos de trabajos como le parezca razonable y podrá estipular el
ámbito de acción y los mandatos de tales subcomités. |
MERCOSUR |
El SGT-3 está conformado
por los organismos de normalización de los cuatro países más
Chile:
- de Argentina: Instituto Argentino de Normalización (IRAM),
que tiene condición privada sin fines de lucro;
- de Brasil: Associação Brasileira de Normas Técnicas (ABNT),
que tiene condición privada sin fines de lucro;
- de Uruguay: Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT,
privada, sin fines de lucro;
- de Paraguay: Instituto de Tecnología y Normalización (INTN),
gubernamental.
- de Chile: Instituto Nacional de Normalización (INN),
gubernamental.
El CMN tiene una Junta Directiva conformada por los cinco
organismos de normalización, e instituye los Comités de
Normalización Sectorial para que lleven a cabo el trabajo de la
Junta en los sectores específicos de interés. En la actualidad,
hay 18 comités sectoriales que prestan sus servicios bajo el CMN en
las siguientes materias; 1. Energía Eléctica; 2. Acero; 3.
Electrónicas y Telecomunicaciones; 4. Juguetes; 5. Cemento y
Concreto; 6. Maquinaria y Equipos Mecánicos.; 7. Automóbiles; 8.
Llanta, Rines y Válvulas 9. Plásticos para la Construcción Civil;
10. Tecnología de la Información y Automatización Industrial; 11.
Medicina Odontológica, Asistencia Hospitalaria; 2. Papel y
Celulosa; 13. Calidad; 14. Soldadura; 15. Muebles; 16. Medio
Ambiente; 17 Accesibilidad; 18 Tecnología Gráfica.
El CMN fue creado mediante La Decisión 1991-11-01 en el ámbito
del SGT 3, la Resolución Mercosur/GMC No 2-92 y dió inicio a sus
actividades en 1993. El CMN es reconocido por el Mercosur como el
único foro para la armonización y elaboración de Normasen el
ámbito voluntario.
Los Objetivos Principales del CMN son:
- Elaborar las Normas Regionales de carácter voluntario.
- Promover la cooperación entre los miembros para facilitar la
armonización de sus normas.
- Armonizar las posiciones políticas y técnicas de sus
miembros en la normalización internacional (ISO, IEC, etc.) y
actividades conexas.
- Promover la capacitación en normalización, calidad, etc.
- Fomentar el desenvolvimiento de sistemas de certificación y
su reconocimiento mutuo.
|
ALADI |
|
CARICOM |
El Comité de Ejecutivo
del Consejo de Normas del Mercado Común del Caribe (CCMSC) es
actualmente reponsable de la aprobación de normas antes de que el
Consejo de Ministros las anuncie. |
[
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]
II. LA ACTIVIDAD
DE LOS COMITÉS DE NORMALIZACION
A. Aprobación de
normas internacionales
OMC |
|
TLCAN |
Artículo 905
estipula que cada Parte utilizará, como base de sus medidas
relativas a la normalización, las normas internacionales
pertinentes o de adopción eminente. En este contexto, las Partes,
con el enfoque en la armonización, han estado trabajando para
evitar problemas relacionados con el acceso al mercado. |
Comunidad
Andina |
Los países andinos
utilizarán como base de sus propias pautas internacionales, las
directrices de ISO/IEC relativas a los procesos de la Normalización
y la Evaluación de la Conformidad. Se aprobaron asimismo la Pauta
31 de la ISO sobre Calidad y Unidades, el 8402 sobre el Control de
Calidad y la serie 9000 de la ISO, y en consecuencia, las prácticas
nacionales anteriores sobre Certificación y Control de Calidad
fueron modificadas.
El orden de preferencia de los documentos de referencia que
abarcan la adopción, elaboración o establecimiento de las normas
andinas es como sigue:
- Las normas internacionales tal como la ISO, IEC, CODEX, OIML,
and ITU;
- Los proyectos internacionales de normalización;
- Las normas regionales, por ejemplo, las normas de CEN/CENELEC,
COPANT y otras;
- Las normas armonizadas entre dos o más países de la
Comunidad Andina;
- Las normas nacionales de los países miembros de la Comunidad
Andina;
- Las normas nacionales de los países no miembros de la
Comunidad Andina;
- Las normas de las organizaciones privadas de reconocidas
competencias internacionales tales como ASTM, SAE y API;
- Otros documentos de interés.
|
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
Artículo 14-06
estipula que cada Parte usa como base para sus propias medidas de
normalización, las normas internacionales vigentes o de adopción
inminente, excepto cuando esas normas no constituyen un medio
efectivo o adecuado para lograr sus objetivos legítimos. |
MERCOSUR |
Res. GMC152/96 punto 4.3
El orden de prioridad para escoger las fuentes de elaboración de
las normas, en conformidad con el reglamento del Comité de Mercosur
de Normalización (CMN), es el siguiente:
- Las normas internacionales como ISO, IEC, UIT;
- Las normas regionales (COPANT);
- Las normas europeas CEN/CENELEC;
- Las normas nacionales de los países miembros de Mercosur;
- Las normas nacionales de los países no miembros;
- Las normas por organizaciones privadas que disfrutan
reconocimiento internacionales, como son ASTM, SAE y otras;
- Otros documentos pertinentes.
|
ALADI |
|
CARICOM |
Estas sirven de base para
las normas regionales. |
[
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]
B. Creación
de una oficina de coordinación de normas
OMC |
|
TLCAN |
En la actualidad, las
estructuras de los Comités y los Subcomités son similares a la de
los foros y no tienen presencia física alguna. |
Comunidad
Andina |
|
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
Artículo 14-10
toma en consideración la institución de un Punto de Investigación
para las medidas relativas a la normalización y los procedimientos
de evaluación de la conformidad. Hasta la fecha no se ha instituido
una oficina de esta índole. |
MERCOSUR |
|
ALADI |
|
CARICOM |
|
[
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]
C. La
publicación del material relativo a la armonización, coordinación
o esfuerzos de reconocimiento mutuo
OMC |
|
TLCAN |
Cada uno de los
subcomités publica en forma resumida los resultados de sus
reuniones y cualquier decisión tomada con el objeto de informar las
partes interesadas. También se publican anuncios importantes en las
Gacetas Oficiales de cada país, como es la institución de los
grupos de trabajo que precisan la participación del sector
industrial. Asimismo se publican a priori las reuniones que
están relacionadas con las organizaciones no gubernamentales o de
la industria para permitir la participación correspondiente de los
grupos interesados. Los resultados de las decisiones que se toman en
la esfera del reconocimiento de los laboratorios, etc., tambien se
publican para el conocimiento de la industria. |
Comunidad
Andina |
|
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
Los Comités de
Normalización, hasta los momentos, no han dictado mecanismo alguno
para la publicación de material relativo a la armonización,
coordinación o los esfuerzos de reconocimiento. |
MERCOSUR |
|
ALADI |
|
CARICOM |
|
[
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]
III. METROLOGIA
A. Establecimiento de un Comité o
Centro de Metrología
OMC |
|
TLCAN |
NORAMET es un Memorándum
de Entendimiento (MOU) en el sector de la Metrología entre los tres
laboratorios de medidas en América del Norte, específicamente el
National Research Council (NRC) de Canadá, National Institute of
Science and Technology (NIST) de EE.UU. y el Centro Nacional de
Metrología (CENAM) de México. El enfoque del MOU es fomentar una
cooperación más estrecha, coordinar la investigación y
participación en los temas de la medida.
La North American Calibration Cooperation (NACC) es un MOU en el
tema de la calibración que abarca las organizaciones de
acreditación SCC, NIST y DGN y los laboratorios nacionales NRC,
NIST y CENAM. El MOU proporciona un esquema conceptual para
establecer la confianza mutua y la compatibilidad en el tema de la
calibración a fin de lograr el reconocimiento mutuo de las
organizaciones de acreditación y los laboratorios individuales.
NORAMET ha celebrado varias reuniones; la más reciente se
realizó en la Ciudad de México en mayo de 1996 y en el mes de
agosto de ese mismo año se reunió en Monterrey, California.
En la región no existe una instalación física para la
Metrología y Calibración. |
Comunidad
Andina |
El Sistema Andino de
Metrología realiza su trabajo relativo a la Metrología a través
de la Red Andina de Metrología correspondiente, cuyos objetivos
son:
- Divulgar y aplicar el Sistema Internacional de Unidades en
cada uno de los países miembros;
- Perfeccionar la infraestructura de la metrología de los
países miembros, tomando en cuenta específicamente las
necesidades de los países miembros con un menor nivel de
desarrollo;
- Lograr la compatibilidad de las estructuras nacionales de la
metrología con las estructuras regionales y nacionales de la
metrología;
- Lograr el reconocimiento de los resultados de los procesos de
medición realizados por los laboratorios de la Red Andina de la
Metrología;
- Desarrollar los planes pertinentes para la capacitación y
formación en los temas relativos a la metrología;
- Promover la acreditación de los laboratorios de calibración,
utilizando como base la infraestructura de los países miembros,
siguiendo los procedimientos internacionales;
- Lograr el reconocimiento subregional e internacional de las
certificaciones realizadas por parte de sus miembros;
- Idear y mantener los mecanismos que permiten un flujo
constante de información entre los países miembros en los
temas de la metrología, de conformidad con lo dictado por el
Artículo 35 de la Decision 376.
|
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
Artículo 14-12
estipula que las Partes se responsabilizan de hacer compatible, en
la medida posible, las estructuras de metrología usando como base
las actuales estructuras internacionales de metrología. |
MERCOSUR |
Res. GMC 61/97:
Partes negociadoras comisión de Metrología en el ámbito del SGT
No3 que abarca aspectos de metrología legal y científica e
industrial. |
ALADI |
|
CARICOM |
En cierta medida, el
Organismo Regional sirve de apoyo a los países individuales en el
desarrollo de sus capacidades metrológicas. Muchos países han
estado participando en las medidas intercomparativas hemisféricas
del SIM para asegurar que las medidas de la región se refieran a
las normas principales internacionales. |
B. Participación
dentro del Sistema Interamericano de Metrología (SIM)
OMC |
|
TLCAN |
NORAMET coordina la
participación de los miembros de TLCAN en el SIM. |
Comunidad
Andina |
Los países miembros de
la Comunidad Andina conforman el Grupo ANDIMET dentro del SIM. La
Red Andina para la Metrología desempeña otras funciones
adicionales relativas al SIM consideradas de interés especial para
los países andinos. |
MCCA |
|
Grupo de
los Tres |
|
MERCOSUR |
|
ALADI |
|
CARICOM |
Los países participan en
el SIM bajo la denominación CARIMET. |
Continúe a: IV.
COOPERACION ENTRE LOS
ORGANISMOS DE NORMALIZACION
|