Público
FTAA.soc/w/106/Add.1
18 de octubre de 2000
Original: Español
ALCA - COMITE DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA
PARTICIPACION DE
LA SOCIEDAD CIVIL
CONTRIBUCION RELACIONADA CON LA INVITACION PUBLICA
NOMBRE |
CILFA |
ORGANIZACION |
CILFA - Centro Industrial de Laboratorios Farmacéuticos
Argentinos - |
PAIS |
REPUBLICA ARGENTINA |
Síntesis ejecutiva
El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS en idioma inglés) ofrece
el standard que ha logrado el consenso de toda la comunidad internacional,
independientemente del grado de desarrollo de los países signatarios teniendo en
cuenta que de su letra y espíritu pueden equilibrarse los intereses
involucrados, a la vez que se aseguren los objetivos de promoción de la
innovación tecnológica y la adecuada transferencia y difusión de la tecnología
en beneficio recíproco productores y usuarios de conocimientos tecnológicos de
modo que favorezcan el bienestar social y económico y el equilibrio de derechos
y obligaciones.
La promoción de las invenciones no determina derechos
absolutos que inhabiliten la producción local o determinen precios que hagan
inaccesibles los productos en el mercado. Nadie, ni aún los países más
desarrollados pueden sostener precios excesivos sólo por amparar la innovación,
cuando ésta podría lograrse a un costo menor.
El adecuado equilibrio entre los derechos de las empresas
innovadoras y los usuarios de los conocimientos
tecnológicos permite alcanzar
los objetivos descriptos a la luz de los principios rectores del Acuerdo.
Por lo tanto, recomendamos:
-
Ratificar que el Acuerdo TRIPs ofrece el standard adecuado
desde que ha logrado el consenso de toda la comunidad internacional,
independientemente del grado de desarrollo de los países signatarios,
asegurando los objetivos de promoción de la innovación tecnológica y la
adecuada transferencia y difusión de la tecnología en beneficio recíproco de
productores y usuarios de conocimientos tecnológicos.
-
Tener especialmente en cuenta las enormes diferencias en
las capacidades tecnológicas y productivas de los países de América.
-
Considerar que los países en desarrollo del continente
enfaticen, en el desarrollo de sus sistemas de propiedad intelectual, en
consistencia con los artículos 7º y 8º del Acuerdo TRIPs, los aspectos que se
vinculan con la transferencia de tecnología, la regulación de las prácticas
abusivas, y la protección de innovaciones menores (por ejemplo, mediante
"modelos de utilidad"). Es un dato de la realidad que los países en desarrollo
tienen, objetivamente, intereses y finalidades distintos a los de los países
desarrollados del continente, al momento de estructurar un sistema de
protección de la propiedad intelectual.
-
Ratificar que la armonización que será alcanzada mediante
el Acuerdo TRIPs señala el límite que parece razonable alcanzar en términos de
alineamiento de la propiedad intelectual en el relacionamiento entre los
países miembros del ALCA. Las diferencias apuntadas más arriba indican que un
intento de armonización mayor encontrará serios obstáculos, emergentes
principalmente de distintas concepciones jurídicas, diferencias de desarrollo
económico y de la difícil tarea pendiente de instrumentar el referido Acuerdo.
-
Definir e instrumentar mecanismos de comunicación rápida y
eficiente entre los sistemas nacionales de propiedad intelectual de los países
miembros del ALCA, a efectos de optimizar los recursos existentes, previendo:
a) la ejecución de programas de capacitación y fortalecimiento de las
agencias, b) instrumentar medidas de facilitación de negocios apropiadas, y c)
promover la creatividad y el desarrollo de acuerdos inter-empresarios.
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