PROPUESTA REFERENTE A LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA
1.
Consideraciones Iniciales
Dentro del marcado dinamismo que el sector
Servicios en su totalidad ha exhibido en los último años en nuestro
continente, el Colegio de Ingenieros y la Asociación de Ingenieros
Consultores reconocen que el sector de Ingeniería en particular presenta un
alto potencial de crecimiento e internalización en el ámbito hemisférico, el
cual debe ser promovido por un marco institucional basado en el respeto por
las prácticas leales de comercio, transparencia de las reglas de mercado,
reciprocidad en las legislaciones y reglamentaciones, en los derechos y
obligaciones.
El proceso de integración debe ser promovido por un marco
institucional que provea reglas claras y transparentes para el desarrollo de
las actividades, alentando los procesos de complementación empresarial de la
región. Ello requiere del esfuerzo coordinado de los estados miembros, con
el objetivo de promover la corrección o eliminación de aquellos factores que
puedan afectar negativamente la competitividad de las empresas de este
sector en la región.
En efecto, no obstante el importante potencial de
crecimiento del sector, el comercio de Servicios de Ingeniería presenta
ciertas características propias que merman su competitividad respecto al
comercio de bienes. Estas peculiaridades pueden agruparse en:
- Dificultad en el libre tránsito y registro de profesionales
- Problemas asociados al requerimiento de este tipo de exportaciones de
ir ligadas a la provisión de Servicios Financieros, de Seguros, etc.
- Barreras internas que no favorecen el comercio internacional de
servicios.
2. Recomendaciones
a) Dificultades para el Libre Tránsito de Personas y Registro de
Profesionales y Empresas:
Para subsanar lo anterior se debe establecer un acuerdo por el que las
partes, a través de sus organismos nacionales correspondientes, uniformen en
cada país criterios de certificación de títulos, profesionales y
especialidades, incluyendo su homologación. Asimismo, se debe establecer un
acuerdo conjunto para uniformar y agilizar los procedimientos de
revalidación y reconocimiento de títulos y, adicionalmente, se deben
implementar registros profesionales temporales. Se ha detectado
discrecionalidad para el otorgamiento de visas y permisos de trabajo, así
como dificultades para los traslados en general, incluyendo el tratamiento
de las visas y permisos de trabajo para familiares de los profesionales.
Respecto a restricciones de tipo aduanero, se sostiene que la existencia de
impuestos de aduana para documentos profesionales, modelos de proyectos,
materias de adiestramiento, publicaciones, software y otras herramientas
necesarias para proporcionar los servicios a los clientes, constituye una
barrera para el libre comercio de servicios de ingeniería.
b) Procedimientos
Comunes de Internación Temporal de Bienes
Al igual que el libre tránsito
de profesionales, se deberá definir procedimientos comunes para efectuar la
internación temporal de bienes (equipos/herramientas) que sean necesarios
para la ejecución de los servicios de asesoría. El procedimiento a definir
deberá considerar exención de tasas arancelarias, vigencias de seguros,
expedición aduanera, etc.
c) Problemas de Transparencia de Información
Los proveedores de los países miembros del ALCA deben tener acceso
transparente a las regulaciones locales sobre servicios de ingeniería en
cada país miembro y sobre el tratamiento específico que se brinda al
operador extranjero, incluyendo condiciones de acceso al mercado, aspectos
legales, institucionales, tributarios y laborales. Por tanto, cada país
miembro debiera entregar una relación completa de las disposiciones legales
y reglamentarias que regulan este tipo de servicios.
d) Problemas
Tributarios
Para los países en que no existe una legislación específica
que evite la doble tributación, el pago de impuestos en el país receptor de
servicios es una condición que afecta la equidad en la competencia y en el
trato nacional. Asimismo, se detecta que el Impuesto al Valor Agregado
(IVA), en la práctica sirve como una exigencia implícita de residencia
puesto que tendrían acceso al respectivo descuento sólo las empresas
locales, no cumpliéndose por lo tanto el concepto de trato nacional. Se
recomienda que deben establecerse cláusulas que eviten la doble tributación
y doble imposición, utilizando como base los acuerdos bilaterales
actualmente en funcionamiento entre algunos países de la región. En el caso
particular del IVA se debe analizar un mecanismo para devolución (o eventual
excención del pago de IVA) para las empresas no locales originarias de algún
país miembro del ALCA.
e) Duplicación de Costos Previsionales y de Salud
Para evitar este problema debe permitirse la cobertura internacional de
fondos previsionales, mediante un sistema de corresponsalía entre las
entidades respectivas, en materia de salud, previsión y accidentes del
trabajo. Alternativamente, debería permitirse la cancelación de las
previsiones en el país de origen, donde se cancelan los sueldos de los
profesionales transferidos.
f) Requisitos de acceso a Mercados
Se deben
eliminar las restricciones al tipo de estructura empresarial permitido, es
decir, se deben eliminar las exigencias relativas a apertura de filiales y
formación de consorcios en el país donde se preste el servicio, así como la
obligación a la constitución física y jurídica de empresas, y que estos
deban ser liderados por empresas locales. Por otra parte deben quedar sin
efecto los requisitos respecto a emplear solo personal y profesionales
nacionales o cuotas de los mismos dentro del total de personal, así como el
uso de cupos limitando los traslados dentro de las empresas. Adicionalmente,
se debe acordar la eliminación por parte de los gobiernos, de las cláusulas
de preferencia en las licitaciones públicas, por tanto nacionales como
internacionales, que excluyan a las empresas originarias de los países del
ALCA. En caso de que existan estas preferencias, deberán hacerse
automáticamente extensivas a todas las empresas originarias de los países
miembros.
g) Reglas de origen
Con el objetivo de evitar que proveedores
de terceros países no miembros se beneficien de los acuerdos de
liberalización pactados al interior del ALCA, se deberán establecer normas
de origen en la prestación de servicios. De no ser así, se colocaría en
peligro las posibilidades y quizás la propias existencia de la ingeniería
chilena en el mediano plazo.
h) Propiedad intelectual
Se debe establecer
una normativa específica orientada a proteger la propiedad intelectual de
obras, tecnologías, diseños y procesos. Además el tratamiento de la
propiedad intelectual en lo relativo a principios, regulaciones, sistema de
registro, procedimientos judiciales, responsabilidad y sanciones, debe
apegarse y ser consistente a las normas internacionales sobre la materia.
I)
Responsabilidad por las obras
Debiera establecerse un plazo de validez
máximo respecto de la responsabilidad por las obras una vez finalizado el
proyecto, en caso que la empresa de ingeniería no tenga presencia física en
el país en el que fue prestado el servicio. |