Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

english

 
Declaraciones
Ministeriales
Comité de
Negociaciones
Comerciales
Grupos de
Negociación
Comités
Especiales
Facilitación de
Negocios
Sociedad
Civil
Base de Datos
Hemisférica
Programa de
Cooperación
Hemisférica

Inicio Países Mapa del sitio Lista A-Z  Contactos gubernamentales       

 


Estados Unidos

MEDIDAS DE FACILITACION DE NEGOCIOS
Requerimientos de Visas para Viajes de Negocios en las Américas
 


E.E.U.U. 
(Destino) 
Visita de negocios de Corto Plazo 

Requerimientos 
para Visa de Visitantes de Negocios
Los viajeros de negocios de los siguientes países del ALCA necesitan una visa de visitante B-1 para entrar a 
los Estados Unidos con el propósito de realizar un viaje corto de negocios (90 días o menos):  
  • Antigua y  Barbuda 
  • Bahamas 
  • Barbados 
  • Belice 
  • Bolivia 
  • Brasil 
  • Chile 
  • Colombia 
  • Costa Rica 
  • Dominica 
  • Ecuador 
  • El Salvador 
  • Granada 
  • Guatemala 
  • Guyana 
  • Haití 
  • Honduras 
  • Jamaica 
  • México 
  • Nicaragua 
  • Panamá 
  • Paraguay 
  • Perú
  • República Dominicana  
  • San Cristóbal y Nieves 
  • San Vicente y las Granadinas  
  • Santa Lucia  
  • Surinam 
  • Trinidad y Tobago 
  • Venezuela
Los viajeros de negocios de los siguientes países del ALCA usualmente no necesitan una visa de visitante B-1 para entrar a los Estados Unidos con el propósito de realizar un viaje corto de negocios (90 días o menos):
  • Argentina
  • Canadá
  • Uruguay

Documentación Requerida para solicitar una visa de visitante de negocios El visitante de negocios que desee entrar a los Estados Unidos está obligado a demostrar de manera convincente al Funcionario Consular en el país donde se solicita la visa y al Funcionario de Inmigración en el puerto de entrada, que ingresa a los Estados Unidos lícitamente como visitante de buena fe y que tiene la intención de regresar a su país de residencia al finalizar la estadía autorizada. Eso lo puede hacer mediante la presentación de pruebas que demuestren su buena fe y sus lazos con su país de residencia. No se necesitan cartas de la empresa que lo envía en las que se explique el propósito y las condiciones de la visita y/o cartas de las empresas homólogas en los Estados Unidos, pero son útiles en muchos casos.
  • Un pasaporte válido al menos por seis meses después del período previsto de la estadía. Los ciudadanos canadienses no necesitan presentar su pasaporte al entrar salvo si llegan a los Estados Unidos después de visitar a un país fuera del Hemisferio Occidental. Esta excepción no impide que los nacionales canadienses soliciten y reciban una visa de visitante u otra visa de no-inmigrante, y el pasaporte canadiense presentado en el puerto de entrada será estampado con un sello de entrada si se solicita. Además, la mayoría de los Gobiernos del ALCA tienen acuerdos bilaterales con los Estados Unidos lo cual, en la práctica, prorroga la validez del pasaporte por seis meses después de la fecha real de vencimiento. (Nota: el ingreso debe tener lugar antes de que se venza el pasaporte. Los siguientes siete países del ALCA no tienen acuerdos bilaterales con los Estados Unidos para prorrogar la validez del pasaporte: Belice, Bolivia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras y Nicaragua.).
  • Un formulario de solicitud OF-156, llenado y firmado. Los formularios en blanco se pueden obtener sin costo alguno en todas las Embajadas y Oficinas Consulares de tramitación de visas, al igual que en muchas agencias de viajes, o se puede obtener, en idioma inglés, en el sitio electrónico en Internet: http://travel.state.gov/visa_services.html. Algunas páginas electrónicas de las Embajadas de los Estados Unidos tienen formularios de solicitud de visas en el idioma extranjero pertinente.
  • Una fotografía de 37 x 37 mm de cada solicitante, que muestre la cara completa, sin cubrir la cabeza y sobre un fondo claro. 
Método de 
Solicitud
Los visitantes de negocios deberán recibir una visa de la Embajada de los Estados Unidos o de la Oficina Consular de tramitación de visas antes de viajar a los Estados Unidos. No siempre es necesario que las solicitudes se hagan en persona; muchas misiones diplomáticas tienen programas a través de agencias de viaje locales o de mensajeros, que prestan servicios de tramitación rápida sin que la persona tenga que comparecer ante el Funcionario Consular. No obstante, en muchas ocasiones se requiere una entrevista personal. 

Tiempo de tramitación Depende de la misión diplomática. Es importante dar suficiente tiempo para tramitar la visa, y no se deben hacer los planes finales de viaje hasta que se expida la visa.

Visa de Entrada Múltiple

La mayoría de las visas para los Estados Unidos son válidas para entradas múltiples durante la validez de la visa. 
Validez/Prórroga La validez de la visa la determina un Funcionario Consular en el momento de solicitud y tramitación de la visa. El período legal de la estadía en los Estados Unidos lo determina un Funcionario de Inmigración de los Estados Unidos en el puerto de entrada. Suele otorgarse un permiso de estadía por no más de seis meses.

Costo de la Solicitud La tramitación de la visa cuesta US$45. Es posible que haya que pagar tarifas de expedición adicionales según los acuerdos de reciprocidad y la clasificación de la visa. 

Acompañantes y Dependientes Los dependientes que acompañen al viajero de negocios con fines de turismo deberán reunir los requisitos para poder recibir la visa de turista B-2. Por lo general, se tramitará la visa y la entrada de esas personas de la misma forma que las del solicitante principal.

Definición General para la Entrada Temporal a Corto Plazo del Visitante de Negocios Los ciudadanos extranjeros que lleguen a los Estados Unidos como viajeros de negocios a corto plazo pueden solicitar la categoría de visa B-1. Ello puede incluir a las personas que visitan a los Estados Unidos por corto tiempo para hacer contactos, tomar ordenes de venta, comprar suministros/servicios, participar en conferencias profesionales o negociar un contrato. La Ley que rige la inmigración a los Estados Unidos, Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos (Immigration and Nationality Act-INA), en la sección 101(a) (15) define las categorías de no-inmigrantes. El Artículo 101(a)(15) define al visitante de negocios como "extranjero [es decir, nacional extranjero] (que se diferencia del que llega con el propósito de estudiar o realizar una mano de obra calificada o no calificada o como representante de la prensa extranjera, radio, cine, u otro medio de comunicación del extranjero que venga a los Estados Unidos a desempeñar su profesión), que tenga residencia en un país extranjero sin la intención de abandonar ese país, y que visite los Estados Unidos temporalmente como viajero de negocios…." Esta es la definición legal de un viajero B-1. Esos viajeros no pueden trabajar en empleos lucrativos ni recibir remuneración alguna mientras permanezcan en los Estados Unidos. Los procedimientos para solicitar otro tipo de visas de negocios y los requisitos para entrar al país en otra clase de viajes de negocios pueden ser más complicados. Ello puede incluir, por ejemplo, entradas temporales con el propósito de operar un negocio en los Estados Unidos o trabajar en una oficina sucursal en los Estados Unidos de un negocio extranjero.

Requerimientos Específicos-
Bajo el VWPP
Los ciudadanos de Argentina pueden entrar al país como visitantes temporales de negocios bajo el programa de "Visa Waiver Pilot Program" (VWPP). El Procurador General de los Estados Unidos recientemente determinó que los ciudadanos Uruguayos también califican para participar en el VWPP. 
  • El VWPP habilita a los ciudadanos de los países participantes para viajar a E.E.U.U. por turismo o negocios por 90 días o menos, sin necesidad de obtener una visa. 
  • El VWPP se encuentra autorizado hasta el 30 de abril del año 2000. El Procurador General administra este programa en consulta con el Secretario de Estado. 
  • No se concederá ningún tipo de extensión de estadía. 

Para más
Información
Departamento de Estado de E.E.U.U.: http://travel.state.gov/visa_services.html.
Se les aconseja a los visitantes usar esta información como una guía general y deberán confirmar con el correspondiente Consulado de los Estados Unidos (o la Sección Consular de la Embajada de E.E.U.U.) para obtener requerimientos específicos aplicables a su caso antes de viajar.

 

Regrese a la tabla de Información por País

 



 
países mapa del sitio lista a-z contactos gubernamentales