3. Otros
"Compensación justa" La compensación: .corresponderá al valor comercial que la inversión expropiada tenía inmediatamente antes de que la medida fuera de dominio pdblico; .incluirá intereses hasta la fecha de pago a la tasa comercial normal; .deberá pagarse sin demora; .ser realizable y libremente transferible. (Artículo 6 (2)).
4. Compensación Estándar, Modalidad y Oportunidad del Pago
Expropiación, nacionalización o medidas que tengan el mismo efecto. (Artículo IV (1)).