1. Ganancias
Sí. Cada Parte Contratante permitirá que todas las transferencias relativas a una inversión que se envien a su territorio o se saquen del mismo se realicen libremente y sin demora. Dichas transferencias comprenden: a) las ganancias; b) indemnizaciones; c) los pagos que resulten de diferencias en materia de inversión; d) los pagos que se hagan conforme a los términos de un contrato, entre ellos, las amortizaciones de capital y los pagos de los intereses devengados en virtud de un convenio de préstamo; e) sumas destinadas a cubrir gastos relacionados con la administración de una inversión; f) regalías y otros pagos derivados de licencias, franquicias y otras donaciones de derechos, o de acuerdos de asistencia técnica o administrativa, incluidas comisiones por administración; g) el producto de la venta total o parcial de una inversión y de la liquidación total o parcial de la empresa de que se trata, incluido cualquier aumento de valor; h) aportes adicionales al capital necesarios o convenientes para el mantenimiento o desarrollo de una inversión. (Artículo V (1)).
2. Reembolso de Préstamos
Sí. (Artículo V (1) (d)).
3. Producto de una Venta o Liquidación Total or Parcial de una Inversión
Sí. (Artículo V (1) (g)).
4. Licencias y Otros Pagos
Sí. (Artículo V (1) (f)).
5. Otros Categorías de Pagos
Sí. (Artículo V (1) (b), (c), (e), (h)).