1. Ganancias
Cada Parte Contratante garantizará a los inversionistas de la otra Parte Contratante la transferencia sin demora de los pagos relacionados con una inversión y, en particular, aunque no exclusivamente de: a) el capital y las sumas adicionales necesarias para el mantenimiento y desarrollo de las inversiones; b) los beneficios, utilidades, intereses, dividendos y otros ingresos corrientes; c) los fondos para el reembolso de los préstamos tal como se definen en el artículo I, inciso (1), (c); d) las regalías; e) el producto de una venta o liquidación total o parcial de una inversión; f) las compensaciones previstas en el artículo IV; g) los pagos que deben efectuarse en virtud de la subrogación prevista en el artículo VII del presente Acuerdo. (Artículo VI (1)).
2. Reembolso de Préstamos
Sí. (Artículo VI (1) (c)).
3. Producto de una Venta o Liquidación Total or Parcial de una Inversión
Sí. (Artículo VI (1) (e)).
4. Licencias y Otros Pagos
5. Otros Categorías de Pagos
Sí. (Artículo VI (1) (a), (f), (g)).