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B. Consultas Previas al Arbitraje y Mecanismos de Solución de Controversias Las controversias que surjan en el ámbito de este Acuerdo, entre una Parte Contratante y un inversionista de la otra Parte Contratante serán, en la medida de lo posible, resueltas por medio de consultas amistosas. (Artículo 8 (1)). Si no hubiera podido ser solucionada en el término de tres meses, podrá ser sometida, a pedido del inversionista: a) a los tribunales competentes de la Parte Contratante en cuyo territorio se realizó la inversión; o b) a arbitraje internacional del CIADI. La elección de uno u otro de estos procedimientos por el inversionista, será definitiva. (Artículo 8 (2)). C. Arbitraje 1. Condiciones 2. Consentimiento 3. Formas de Arbitraje Arbitraje del CIADI. (Artículo 8 (2) (b)). 4. Ley Aplicable
C. Arbitraje
2. Consentimiento 3. Formas de Arbitraje Arbitraje del CIADI. (Artículo 8 (2) (b)). 4. Ley Aplicable
3. Formas de Arbitraje Arbitraje del CIADI. (Artículo 8 (2) (b)). 4. Ley Aplicable
4. Ley Aplicable
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