Acuerdos Sobre Inversión en el Hemisferio Occidental: Un Compendio
Convenio entre Chile y Ecuador
el 27 de Octubre de 1993
Tema: II. Admisión
A. Cláusulas de Admisión
Cada Parte Contratante, con sujección a su política general en el campo de las inversiones extranjeras, promoverá en su territorio las inversiones de inversionistas de la otra Parte Contratante y admitirá dichas inversiones conforme a sus leyes y reglamentaciones. (Artículo III).