Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA |
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2. Plena Protección y Seguridad
3. No Discriminación
Sí. Plena protección y seguridad jurídica. (Artículo 3 (1)).
Sí. Cada Parte Contratante no perjudicará su gestión, mantenimiento, uso, goce o disposición a través de medidas arbitrarias o discriminatorias. (Artículo 3 (1)). Cuando una de las Partes Contratantes haya admitido una inversión en su territorio, no negará arbitrariamente ni retrasará indebidamente las autorizaciones necesarias para su mejor desenvolvimiento, incluyendo la ejecución de contratos sobre licencias, asistencia comercial o administrativa e ingreso del personal directivo, administrativo, asesor o técnico necesario. (Artículo 2 (2)).
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