Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA |
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Informe Sobre Desarrollos y Aplicación de las Políticas y Leyes de Competencia en el Hemisferio OccidentalPresentado al Grupo de Trabajo del ALCA Sobre Políticas de Competencia
(1995-1996) (Continuación) III. Asuntos Regulatorios y de Política Comercial Básicamente el papel que pretende jugar la CFC en cuanto a la implementación de otras políticas, es contribuir en la creación de un entorno procompetitivo. Durante el período 1995-96, la CFC participó en los esfuerzos gubernamentales tendientes ha instrumentar la participación privada en la prestación de servicios públicos y en la explotación de bienes de dominio público. Destacan la revisión del marco regulatorio aplicable a la distribución de gas natural y aeropuertos, la política de concesionamiento del espectro radioeléctrico y el diseño de la estrategia para privatizar empresas públicas en diversos sectores. En todos los casos, las opiniones de la CFC procuraron el establecimiento de condiciones que facilitaran el desarrollo de mercados eficientes en los sectores de reciente apertura a la actividad privada, la prevención de prácticas anticompetitivas y la introducción de mecanismos de coordinación con las autoridades reguladoras. Dichas opiniones fueron planteadas ante las Secretarías responsables de los sectores y en las Comisiones Intersecretariales de Gasto-Financiamiento y de Desincorporación, donde la CFC participa de manera permanente. También cabe resaltar la participación de la CFC en las Comisiones de Comercio Exterior y Nacional de Normalización, donde su intervención ha buscado facilitar la coordinación de la política de competencia con las de desarrollo industrial, comercio, protección a consumidores y defensa del medio ambiente. a. Reglamento de Gas Natural La CFC contribuyó en la elaboración del anteproyecto de Reglamento de Gas Natural, expedido por el Ejecutivo en noviembre de 1995. Dicho reglamento incluyó los siguientes puntos sobre competencia:
b. Ley de Aeropuertos Las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, constituyen el nuevo marco regulatorio de los servicios aéreos. La CFC participó activamente desde 1995 en la elaboración de los dos anteproyectos de ley, junto con la SCT. Durante el período en cuestión, la CFC trabajó básicamente en la elaboración de opiniones en lo relativo al funcionamiento y estructura del mercado de servicios aeroportuarios incorporados a la Ley respectiva, ya que lo relacionado a la aviación civil se presentó durante el período 1994-1995. Entre los aspectos relativos a la competencia incorporados en la Ley de Aeropuertos, destacan los siguientes:
c. Concesionamiento del Espectro Radioeléctrico En términos generales, ante la apertura en el campo de las telecomunicaciones la CFC ha manifestado su respaldo al establecimiento de licitaciones, su interés en la aplicación de fórmulas que, sin interferir en el funcionamiento de los mercados impulsen la participación amplia de todos los agentes económicos capaces de prestar eficientemente los servicios liberalizados en este sector. Particularmente, la asignación del espectro radioeléctrico para usos determinados es fundamental para el proceso de establecer condiciones de competencia en le mercado de las telecomunicaciones. Para ello, la Ley Federal de Telecomunicaciones prevé a) la publicación periódica de un programa que especifique las bandas de frecuencia que serán concesionadas para usos determinados, sus coberturas geográficas y sus empleos específicos, b) su concesionamiento mediante licitaciones públicas y, c) el requisito de obtener opinión favorable de la CFC para participar en licitaciones. En cumplimiento de lo anterior, la SCT presentó un primer esfuerzo de diagnóstico y planeación para las bandas de 3-39,500 Mhz y sujetó a consulta diversas modalidades de licitación. Finalmente definió la base para concesionar las bandas de 12.7-13.2 Ghz, destinadas para los enlaces de microondas punto a punto y multipunto. Durante este proceso, la CFC contribuyó activamente al planteamiento de los aspectos de competencia. Para facilitar el procedimiento de trámites a los licitantes a fin de no entorpecer la expedición eficiente de concesiones, la CFC adoptó las siguientes medidas:
d. Ferrocarriles La CFC participó en el estudio de las diversas opciones de reestructuración y privatización ferroviaria en el seno de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación. Durante este proceso, presentó diversas recomendaciones encaminadas a favorecer las condiciones de competencia en este sector. Finalmente, el 13 de noviembre de 1995, se publicaron en le Diario Oficial de la Federación los Lineamientos generales para la apertura la inversión en el sistema ferroviario. Particularmente, a fin de reforzar los aspectos competitivos del esquema de desincorporación, la CFC hizo las siguientes recomendaciones:
A. Relaciones Bilaterales con los Estados Unidos En diciembre de 1995, las compañías Unión Pacific (UP) y Southern Pacific (SP) manifestaron a la Comisión de Comercio Interestatal de los Estados Unidos (Interstate Commerce Commission) su intención de fusionarse. Estas empresas prestan servicios de transporte ferroviario de carga en las regiones oeste-centro y suroeste de E.U.A. y entre ambas cubren la mayor parte de tráfico de mercancías realizado por este medio desde y hacia adentro de México. De manera que la concentración UP/SP, dominaría los servicios ferroviarios de carga en la zona fronteriza, creando condiciones anticompetitivas en el comercio bilateral. Ante esta situación, la CFC manifestó su preocupación al Departamento de Justicia y a la Comisión Interestatal de Comercio en E.U.A., así como a UP y a SP. Asimismo, con base a los principios de cortesía internacional ("commity?) y al amparo de la cooperación prevista en el capítulo XV del TLCAN, la CFC se manifestó su interés en cooperar con el Departamento de Justicia en la investigación de los efectos anticompetitivos que podría causar esta fusión. Para ello, la CFC realizó un seguimiento del caso durante las audiencias celebradas en los Estados Unidos y entrevistó a las empresas que se podrían ver afectadas por dicha concentración. Finalmente, en E.U.A., se consideraron restricciones para que se llevase a cabo la fusión entre UP/SP, a fin de evitar que se produjeran efectos contrarios a la competencia. B. Cooperación Internacional La CFC mantiene contactos con la Comisión de la Unión Europea, con España, y con las agencias de competencia latinoamericanas, sobre la base de cooperación informal generalmente en relación a cuestiones de asistencia técnica.
C. Acuerdos de Integración Regional 1. Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) Dentro del marco del TLCAN, el artículo 1504, contempla la creación de un grupo de trabajo en materia de comercio y competencia. Durante el período que se informa, la CFC participó en la quinta y sexta reunión del Grupo, que se llevaron a cabo, durante el mes de marzo en Ottawa Canadá y durante el mes de noviembre en la ciudad de México, respectivamente. 2. Acuerdo de Libre Comercio para las Américas (ALCA) Dentro del marco del ALCA, se crearon siete grupos de trabajo sobre los principales capítulos del acuerdo. Entre los grupos de trabajo, se encuentra el de políticas de competencia. La CFC participó en la primera y segunda reunión del Grupo de Trabajo sobre Política de ompetencia dentro del ALCA, que se llevaron a cabo el 16 y 17 de mayo de 1996 y el 15 y 16 de agosto de 1996 respectivamente, en la ciudad de Lima, Perú. 3. Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico (APEC) Dentro de APEC, no existe un grupo de trabajo específico sobre cuestiones de competencia. Sin embargo, dichas cuestiones se discuten dentro del Comité de Inversión y la CFC actualmente participa en la elaboración de los aspectos de competencia que se incluirán en le lan de Liberalización Individual de México dentro de dicho foro. D. Organismos internacionales 1. Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) La CFC participa activamente dentro de los grupos de trabajo dentro del Comité sobre Legislación y Políticas de Competencia (CLP) de la OCDE. Cabe destacar que a partir de julio de 1996 se creó un grupo de trabajo conjunto sobre comercio y competencia. 2. Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (UNCTAD) La CFC participa dentro de la UNCTAD en cuestiones de competencia a través del Grupo Intergubernamental de Expertos y además contribuyó a definir los aspectos de competencia planteados dentro de la posición de México ante la IX UNCTAD, que se llevó a cabo en abril-mayo de 1996 en Sudáfrica. V. Otras Iniciativas de Consultas/Información y Cumplimiento En respuesta a las necesidades de transparencia y claridad en la aplicación de la LFC, la CFC ha establecido una política que facilita el planteamiento de consultas orales y escritas, así como el análisis de sus planteamientos con los interesados, a fin de atender las ecesidades de orientación de los agentes económicos y del público en general. Sin embargo, debe aclararse que las respuestas a dichas consultas no tienen efectos jurídicos ni vinculatorios, no prejuzgan sobre las resoluciones posteriores del Pleno a las denuncias y notificaciones citadas, ni tampoco sobre las investigaciones de oficio emprendidas por la CFC. Dentro de este contexto, durante el período 1995-96 se recibieron 44 casos de consultas escritas. Lo cual refleja un mayor interés de los agentes económicos en las orientaciones que brinda este medio. Asimismo, la CFC publica anualmente un informe sobre el desempeño de sus funciones que también sirve como un medio de orientación para los agentes económicos en lo que respecta a los criterios empleados en la interpretación y aplicación de la LFC. A la fecha, se han publicado tres informes. Por otra parte, cabe destacar los esfuerzos de la CFC por contribuir en el análisis y difusión de la ley a través de audiencias, conferencias y seminarios. Particularmente se celebraron reuniones con miembros de la Comisión de Comercio de la H. Cámara de Diputados, a fin de recisar aspectos relacionados con la aplicación e interpretación de la Ley. Además se realizaron diversas presentaciones en el país y en el extranjero sobre el contenido de la Ley, las actividades de la CFC, y los aspectos de competencia de las legislaciones que regulan la prestación de servicios públicos en los sectores de comunicaciones, transportes y distribución de gas natural.
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