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		ALCA - COMITE DE NEGOCIACIONES 
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      La República Bolivariana de Venezuela ante el ALCA1 Reunión Ministerial de Miami 
       Noviembre 2003   En la medida en que se acerca la 
      fecha prevista para la finalización de las negociaciones del Área de Libre 
      Comercio de las Américas, se hace evidente la necesidad de llevar a cabo 
      un debate político conceptual abarcante sobre el modelo de futuro al cual 
      aspiramos para el continente, y los modelos de integración más adecuados 
      para el logro de dichas metas. Por esta razón, en nombre de la República 
      Bolivariana de Venezuela, hemos considerado conveniente contribuir a esta 
      necesaria reflexión colectiva presentando una visión de conjunto sobre los 
      temas que se debaten en las negociaciones del ALCA y sus implicaciones 
      para la construcción de una sociedad culturalmente plural, democrática, 
      participativa, equitativa, y ambientalmente sostenible en todo el 
      continente.  En el presente documento, 
      incorporamos tanto asuntos ya abordados en documentos anteriores, como 
      otros temas que consideramos igualmente sustantivos.  1. El papel del Estado, las 
      opciones culturales a otros modos de vida, y las 
      políticas de liberalización, Un reto principal que tienen los 
      países de América Latina y el Caribe es el de la superación de la pobreza 
      y de las profundas desigualdades que hacen de éste, el continente más 
      inequitativo del planeta. Estamos igualmente ante la exigencia de asumir y 
      responder ante las demandas del reconocimiento de la multiplicidad de 
      pueblos y culturas, de opciones de modos de vida, que caracterizan nuestro 
      diverso y heterogéneo continente. Todo programa para América Latina y el 
      Caribe tiene, por lo tanto, que tener como orientaciones prioritarias la 
      superación de la pobreza y las desigualdades; la recuperación cultural y 
      el fortalecimiento de diversas opciones de vida; y el logro de modalidades 
      de uso de los recursos que, reconociendo los severos límites que hoy 
      confronta el planeta, nos permita construir un futuro ambientalmente 
      sostenible.  La experiencia de la región en las 
      últimas décadas sugiere que no son precisamente las políticas 
      liberalizadoras orientadas por el Consenso de Washington las que más 
      favorecen el crecimiento. Tampoco es un modelo de globalización orientado 
      por el mercado la mejor garantía de para preservación y vitalización de 
      las múltiples tradiciones culturales, ni de la diversidad y riqueza 
      biológica y ambiental que hacen posible la vida. Durante las décadas de 
      los 60 y los 70, período en el cual se aplicaron políticas de desarrollo y 
      de sustitución de importaciones, el crecimiento económico anual promedio 
      del continente fue muy superior a los niveles de crecimiento promedio 
      desde que se generalizaron las políticas de ajuste estructural, las 
      liberalizaciones y los modelos de crecimiento hacia afuera. En la concepción que ha servido de 
      fundamento a todas las negociaciones del ALCA ha prevalecido un fuerte 
      fundamentalismo cultural liberal, así como un sesgo ideológico que en todo 
      caso considera preferible el mercado a cualquier otra forma de regulación 
      social o criterio de asignación de recursos. No se toman en cuenta la 
      historia y la rica pluralidad cultural de nuestra región y se ignoran las 
      formas en las cuales el Estado ha intervenido en todas las experiencias 
      históricas de desarrollo capitalista consideradas como exitosas. El tema 
      de las relaciones entre mercado y Estado y otras modalidades de regulación 
      social, de construcción de tejido de vida enraizados en la diversidad de 
      los contextos culturales, no es un asunto que se pueda resolver de una vez 
      por todas, para todas las futuras situaciones y todas las coyunturas sobre 
      la base de supuestos teóricos o políticos generales. La pertinencia de 
      mayores o menores niveles de regulación o intervención social, la 
      diversidad de respuestas desde los múltiples ámbitos de los pueblos y las 
      culturas, son temas abiertos que tienen que decidirse de acuerdo a 
      condiciones que están cambiando permanentemente. Esto tiene que ver tanto 
      con las alternativas políticas por las cuales voten los electores a partir 
      de la evaluación de las orientaciones programáticas ofrecidas por los 
      diferentes candidatos y partidos, como con las opciones culturales que 
      definen los modos de vida de los diferentes pueblos del continente. Sin 
      esta condición difícilmente podríamos hablar de democracia política o de 
      democracia en el terreno cultural. Las políticas de liberalización y 
      ajustes estructurales no pueden, por lo tanto, establecerse como 
      compromisos inamovibles a largo plazo. Esto significaría un acotamiento 
      extraordinariamente severo a los márgenes futuros de la vida democrática.
       Por todo esto, es necesario 
      reintroducir el tema del papel del Estado y de las políticas públicas 
      como condiciones sin las cuales no sería posible alcanzar la meta deseada 
      de una sociedad culturalmente plural, equitativa, democrática y 
      ambientalmente sostenible.  Es igualmente urgente e 
      indispensable el reconocimiento, protección e impulso de otra 
      multiplicidad de formas de organización y gestión social autónomas, 
      basadas en la reciprocidad, la solidaridad y la autonomía que recorren el 
      continente americano.  El sometimiento de todas las formas 
      productivas a una lógica unidimensional de mercado y a criterios de 
      productividad definidos por estándares internacionales socavaría 
      irremediablemente las bases materiales de la reproducción de la rica 
      diversidad cultural de nuestro continente. Esta visión unilateral -base del 
      ALCA- tanto del modo de vida que deben alcanzar todos los pueblos, así 
      como de los modos únicos en los cuales se debe avanzar para lograrlo, 
      entra en franca contradicción con las orientaciones básicas del régimen 
      internacional de los derechos humanos, recogidos en sus instrumentos 
      jurídicos más representativos, como el Pacto Internacional de Derechos 
      Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, o en el 
      Convenio número 169 sobre los pueblos indígenas y tribales en países 
      independientes de la Organización Internacional del Trabajo. 2. Los 
      servicios, derechos económicos, sociales y culturales. Lo público y lo 
      privado. Uno de los ámbitos en los cuales se 
      producirían transformaciones más profundas en nuestras sociedades es en el 
      área de los servicios tal como están concebidos en el Capítulo sobre 
      servicios del ALCA. Consistente con la lógica de la mercantilización, 
      estas negociaciones buscan abrir a la inversión privada amplias áreas de 
      lo que hasta hace muy poco tiempo eran considerados como ámbitos propios 
      de los servicios públicos. Orientado por el objetivo de lograr el máximo 
      grado posible de desregulación y liberalización (léase privatización) de 
      estos servicios, las negociaciones tienen una agenda extremadamente 
      ambiciosa, representando un ataque frontal a los derechos económicos y 
      sociales a los cuales responden estos servicios. El concepto de servicios, 
      que define la cobertura de estos acuerdos es extremadamente amplio. En una 
      de las variaciones del texto del Capítulo sobre Servicios del ALCA 
      los define en los siguientes términos:  el término "servicios" comprende 
          todo servicio de cualquier sector, excepto... los servicios 
          suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales; un "servicio suministrado en 
          ejercicio de facultades gubernamentales" significa todo servicio que 
          no se suministre en condiciones comerciales ni en competencia con uno 
          o varios prestadores de servicios. Con esta definición omniabarcante, 
      prácticamente no queda servicio público alguno que no tendría que, en 
      forma inmediata o en el futuro, someterse a las “disciplinas” del tratado. 
      Lo que está en juego aquí son asuntos medulares tanto para la democracia 
      como para los derechos humanos. La progresiva, -e irreversible- 
      privatización de los servicios públicos transformaría en forma radical el 
      ámbito de la esfera pública. Las demandas de acceso a los servicios de 
      salud, educación, salubridad, agua, transporte, seguridad social, dejarían 
      de procesarse como derechos sociales y económicos en el ámbito de lo 
      público, para convertirse en relaciones contractuales privadas 
      entre empresas mercantiles y clientes con capacidad de ago.Al 
      individualizarse y privatizarse los problemas de acceso a estos servicios, 
      éstos ya no pueden pensarse ni reclamarse como derechos.2 En Venezuela los derechos sociales, 
      económicos y culturales no sólo forman parte de compromisos 
      internacionales, sino que están igualmente garantizados 
      constitucionalmente, con lo cual no sería posible “asegurar que sus leyes, 
      reglamentos y procedimientos administrativos estén conformes con las 
      obligaciones del acuerdo del ALCA”, sin modificaciones profundas en la 
      Constitución de 1999. 3. Los 
      asuntos sociales y ambientales En la Declaración Ministerial de 
      Quito, se reitera que la “negociación del ALCA tomará en cuenta la amplia 
      agenda social y económica contenida en las Declaraciones y Planes de 
      Acción de Miami, Santiago y Ciudad de Québec, con el objeto de contribuir 
      a elevar los niveles de vida, incrementar el empleo y mejorar las 
      condiciones laborales de los pueblos de las Américas, mejorar los niveles 
      de salud y educación y proteger mejor el medio ambiente.” Sin embargo, 
      como ya se señaló arriba, hay un gran desequilibrio entre los compromisos 
      y disciplinas de naturaleza mercantil que se establecen en el texto de los 
      diferentes capítulos del Tratado, y los compromisos que se adquieren en 
      los terrenos de los derechos humanos, laborales, culturales y ambientales. 
      Hay igualmente un total desequilibrio entre los derechos de los 
      inversionistas y los derechos de los Estados.  Todos los países que participan en 
      las negociaciones del ALCA son firmantes de una amplia gama de acuerdos y 
      tratados internacionales cuya finalidad es precisamente la protección de 
      derechos humanos y la protección ambiental. Como lo ha demostrado ya la 
      experiencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en 
      ocasiones los compromisos asumidos por un país en un nuevo tratado o 
      acuerdo bilateral, multilateral o global pueden entrar en tensión o 
      contradicción con otros previamente firmados y ratificados. El ALCA no es 
      un tratado de derechos humanos, laborales, culturales o ambientales. Pero 
      es indispensable garantizar que los compromisos que se adquieran con la 
      firma de este Tratado no pongan en peligro los compromisos previamente 
      adquiridos por todos nuestros países con relación a esos otros tratados. 
      Esto es particularmente preocupante dado que en general los tratados de 
      libre comercio, como ha sido el caso del TLCAN, tienen previstos 
      mecanismos mucho más efectivos para garantizar su cumplimento -mediante 
      fuertes sanciones- que en los acuerdos y tratados de derechos humanos, 
      laborales, culturales y ambientales. Esta capacidad de garantizar 
      cumplimiento a las normas es igualmente característica de la Organización 
      Mundial del Comercio (OMC). 4. La 
      agricultura: mucho más que un sector productor de mercancías Como ha quedado confirmado una vez 
      más por la reunión de la OMC en Cancún, las negociaciones comerciales 
      internacionales continúan dándose en condiciones de profunda desigualdad. 
      Mientras que los principales países industrializados del Norte exigen a 
      los países del Sur una amplia apertura de sus economías, mantienen fuertes 
      políticas de protección en aquellos sectores de sus economías en los 
      cuales los países del Sur podrían tener mayor capacidad de competir en el 
      mercado internacional. Es este el caso de los textiles y muy 
      principalmente el de la producción agrícola. En el contexto del ALCA, con 
      mucha razón, varios países del continente han venido planteando que 
      resulta imposible continuar avanzando significativamente en muchas áreas 
      de las negociaciones mientras los Estados Unidos no esté dispuesto a 
      reconsiderar las políticas de apoyo interno a su producción agrícola.
       Algunos países destinan decenas de 
      miles de millones de dólares anualmente para sostener sus exportaciones y 
      la producción de su agricultura, ocasionando fuertes distorsiones en los 
      precios de los productos agrícolas en los mercados mundiales. Con esos 
      precios se impide o dificulta el acceso efectivo a los mercados de esos 
      países aún con la eliminación de las barreras arancelarias, se compite 
      deslealmente en los mercados de América Latina y el Caribe quitando 
      mercados en terceros países para los productos agrícolas que pudiéramos de 
      otra forma exportar o hacerlo con mayores beneficios. Nuestros países 
      carecen de la magnitud de los recursos financieros que disponen los países 
      desarrollados para apoyar la agricultura; lo que tenemos son instrumentos 
      de política para paliar los efectos perversos de las distorsiones de los 
      precios internacionales, instrumentos que se nos solicita eliminar con las 
      negociaciones de acceso a los mercados.  La Declaración Ministerial de San 
      José de 1998 estableció claramente entre los objetivos de las 
      negociaciones “eliminar los subsidios a las exportaciones agrícolas que 
      afectan el comercio en el Hemisferio”, e “Identificar otras prácticas que 
      distorsionen el comercio de productos agrícolas, incluidas aquellas que 
      tengan un efecto equivalente al de los subsidios a las exportaciones 
      agrícolas y someterlas a una mayor disciplina”. También se acordó por consenso de 
      los Ministros del ALCA, en la misma oportunidad, que las negociaciones se 
      iniciarán simultáneamente en todas las áreas temáticas. El inicio, la 
      conducción y el resultado de las negociaciones del ALCA se tratarían como 
      partes de un compromiso único (single undertaking) que incluya los 
      derechos y obligaciones mutuamente acordados. Sin embargo, desde el inicio de la 
      negociación de los textos para el proyecto de Tratado, algunos países 
      pusieron de manifiesto su reticencia a eliminar los subsidios a las 
      exportaciones de productos agrícolas y las ayudas internas que 
      distorsionan el comercio y la producción de productos agrícolas, con 
      inclusión de las medidas con efectos equivalentes a los subsidios a las 
      exportaciones. Estos masivos apoyos internos acentúan los desbalances 
      profundos que caracterizan las relaciones económicas continentales. En la 
      Reunión Ministerial celebrada en Quito todos los países reconocieron “la 
      importancia de la agricultura para las economías de la región, cuyo 
      tratamiento integral y no discriminatorio en las negociaciones del ALCA 
      contribuirá a generar empleo, reducir la pobreza y favorecer la 
      estabilidad social”, por lo cual reafirmaron “el compromiso hemisférico 
      con la eliminación de los subsidios a las exportaciones que afectan el 
      comercio de productos agrícolas en el Hemisferio y el desarrollo de 
      disciplinas a ser adoptadas para el tratamiento de todas las otras 
      prácticas que distorsionan el comercio de productos agrícolas, incluyendo 
      aquellas que tienen efecto equivalente a los subsidios a las exportaciones 
      agrícolas”. Se señaló en particular “que nuestra respectiva evaluación, 
      por país o grupo de países, de los resultados de las negociaciones de 
      acceso a mercados en agricultura en el ALCA dependerán del progreso que 
      consigamos alcanzar en los otros temas que son parte de la agenda 
      agrícola”.  Parte importante de la pobreza y la 
      marginalidad de nuestros pueblos se concentra en la población que habita 
      en las zonas rurales que subsiste con base en la actividad agrícola o 
      actividades alrededor de la agricultura. Esa población es finalmente la 
      más castigada con el desbalance de partida para la negociación de la 
      agricultura y lo sería más si se excluyen de la negociación los aspectos 
      que más la perjudican. La exigencia de reducción de las 
      políticas proteccionistas y de los masivos subsidios que otorgan los 
      principales países industrializados no puede convertirse, sin embargo, en 
      una demanda generalizada de liberalización del comercio de productos 
      agrícolas. Para muchos países de América Latina y El Caribe la actividad 
      agrícola es fundamental para la supervivencia de la propia nación. Las 
      condiciones de vida de millones de campesinos e indígenas se verían 
      catastróficamente afectados si ocurre una inundación de bienes agrícolas 
      importados, aún en los casos en los cuales no exista subsidio. La 
      producción agrícola es mucho más que la producción de una mercancía. Es, 
      más bien, un modo de vida. Es el fundamento básico para la preservación de 
      opciones culturales, es una forma de ocupación del territorio, define 
      modalidades de relación con la naturaleza, tiene que ver directamente con 
      los temas críticos de la seguridad y soberanía alimentarias. Por lo tanto, 
      no puede ser tratado como cualquier otra actividad económica o cualquier 
      producto.  5. Los 
      derechos de propiedad intelectual El acceso a y el disfrute de los 
      frutos de la ciencia y de la tecnología están claramente reconocidos y 
      codificados como derechos humanos. En el artículo 27 de la Declaración 
      Universal de los Derechos Humanos, esto se define en los siguientes 
      términos: Toda persona tiene derecho a 
          tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de 
          las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios 
          que de él resulten. Toda persona tiene derecho a la 
          protección de los intereses morales y materiales que le correspondan 
          por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de 
          que sea autora. Se establece un balance entre el 
      derecho de la sociedad a tener acceso a los resultados del “progreso 
      científico”, y el derecho del creador a obtener un beneficio de su 
      obra. Como una expresión de la creciente primacía del derecho 
      mercantil que avanza gracias a las negociaciones comerciales 
      multilaterales, regionales y bilaterales, este balance se rompe por 
      completo en El Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de 
      Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio y en el Capítulo 
      sobre Derechos de Propiedad Intelectual del ALCA. Apelando a lo que 
      fueron denominados “asuntos relacionados con el comercio”, se estableció 
      un amplio régimen de protección de la propiedad intelectual que cubre cada 
      uno de sus principales ámbitos. Estas negociaciones fueron realizadas en 
      condiciones de extrema asimetría entre los países del Norte y los del Sur. 
      A pesar de la resistencia inicial por parte de muchos países del Sur, los 
      países del Norte lograron imponer un régimen obligatorio y global de 
      protección de la propiedad intelectual de acuerdo a sus exigencias, a 
      partir de propuestas formuladas por las transnacionales farmacéuticas. 
      Estos textos definen los resultados de la actividad científico-tecnológica 
      como una mercancía, como un bien por cuyo uso su propietario tiene derecho 
      a cobrar al resto de la sociedad. Las modalidades de registro de la 
      autoría del conocimiento característicos del modelo industrial, las 
      patentes, adquieren una plena protección como propiedad privada. 
      Las otras modalidades de conocimiento, colectivas, campesinas, 
      tradicionales, de pueblos indígenas, etc., al no cumplir con los criterios 
      de autoría precisa, novedad o aplicación industrial, carecen de dicha 
      protección. Aquello en lo cual los países del Norte y sus empresas tienen 
      sólidas ventajas, su control de una muy alta proporción de todas las 
      patentes industriales, recibe rigurosa protección. Aquello en lo cual los 
      países del Sur tienen ventajas, sus conocimientos campesinos y 
      tradicionales y su biodiversidad, carece, en lo fundamental de protección.
       Se ha producido una notoria 
      ampliación de lo que se considera como patentable, haciéndose difusa la 
      anterior frontera entre invención (patentable) y descubrimiento 
      (no patentable). Igualmente, como consecuencia de las transformaciones en 
      el campo de la tecnología, en particular de los nuevos desarrollos en la 
      biotecnología, y respondiendo a las exigencias de dicha industria, se ha 
      abierto un nuevo e inmenso campo para la propiedad intelectual: la 
      propiedad intelectual sobre formas de vida.  Estos desplazamientos conceptuales y 
      doctrinarios en torno a la propiedad intelectual han sido acompañados por 
      la creación de nuevos instrumentos jurídicos e institucionales, tanto 
      nacionales como transnacionales, destinados a su protección. Como consecuencia de los derechos 
      monopólicos otorgados por TRIPS, las compañías farmacéuticas pueden 
      eliminar la competencia y cobrar precios más allá de la posibilidad de 
      pago de millones de personas. A partir de diversos estudios se ha 
      calculado que ocurrirán no sólo aumentos significativos de precios como 
      consecuencia de la introducción de patentes, sino igualmente una notoria 
      reducción del consumo: amplios sectores de la población quedarían 
      excluidos del acceso a medicamentos comerciales. Se tenderá igualmente a 
      la quiebra de medianas y pequeñas empresas farmacéuticas y al incremento 
      en los niveles de monopolización por las grandes transnacionales. 
       El establecimiento de patentes sobre 
      diversas formas de vida, y la apropiación/expropiación del conocimiento 
      campesino/comunitario por parte de las grandes transnacionales de semillas 
      y agroquímicos, está cambiando aceleradamente los patrones de producción 
      campesina en escala global. Los campesinos se hacen cada vez menos 
      autónomos y más dependientes de la compra de costosos insumos de las 
      transnacionales. La “libertad de comercio” impuesta 
      crecientemente por los intereses de estas transnacionales a los campesinos 
      de todo el mundo, está conduciendo hacia una reducción de la variedad 
      genética de muchos de los principales cultivos alimenticios. Esta 
      reducción de la diversidad genética, asociada a una visión ingenieril de 
      la agricultura, basada en un control extremo de tipo fabril sobre cada 
      fase del proceso productivo -con semillas manipuladas genéticamente y el 
      uso intensivo de agroquímicos- reduce drásticamente la capacidad 
      auto-adaptativa y regenerativa de los sistemas ecológicos. En pocos 
      ámbitos de las relaciones internacionales aparece tan nítida la oposición 
      entre intereses de las empresas transnacionales que poseen la mayor parte 
      de las patentes y los derechos humanos básicos de las mayorías pobres del 
      Sur.  Ante este dramático panorama, 
      Venezuela plantea que las nuevas formas como se estructuran y consolidan 
      los acuerdos en torno al tema de la propiedad intelectual no pueden poner 
      en peligro las condiciones de vida de la mayor parte de la población del 
      planeta, las posibilidades de supervivencia de pueblos y comunidades que 
      en todo el mundo defienden el derecho a otras opciones culturales 
      alternativas a la mercantilización total, así como el derecho de nuestros 
      pueblos de tener acceso a medicamentos y alimentos de calidad y bajos 
      precios. 6. El 
      mandato de la transparencia en las negociaciones y la participación 
      democrática Una y otra vez en las declaraciones 
      presidenciales y ministeriales sobre el ALCA se han establecido mandatos y 
      compromisos de transparencia en relación con el proceso de las 
      negociaciones. La transparencia en el proceso de negociaciones es una 
      condición sin la cual no sería posible la participación de la sociedad 
      civil en el seguimiento del proceso. Sin embargo esta transparencia ha 
      sido hasta el momento muy limitada. Sólo después de una insistente presión 
      por parte de organizaciones sociales de todo el continente, fue dado a 
      conocer el primer borrador de los textos en junio del año 2001, después de 
      varios años de negociación. El segundo borrador se dio a conocer en 
      noviembre del año 2002. Estos borradores, brindan una limitada capacidad 
      de debatir sobre lo que ocurre en las negociaciones del ALCA. La 
      abundancia de corchetes, sin que sea posible saber quien los introdujo, 
      hace que le sea imposible a la población de cada uno de los países el 
      conocimiento de cuáles son las posturas de negociación de sus respectivos 
      gobiernos. Esto le otorga un alto grado de discrecionalidad a los 
      representantes de los gobiernos en las mesas de negociación convirtiendo, 
      de hecho, las posturas de estos representantes en secretos que niegan de 
      antemano toda posibilidad de debate público informado, democrático. Sólo mediante un proceso de 
      negociaciones efectivamente transparente al conjunto de la sociedad, a los 
      sectores empresariales, a los trabajadores, a las organizaciones 
      indígenas, de mujeres, culturales, ambientales, a los partidos políticos, 
      al parlamento, a la prensa, podremos afirmar que estamos avanzando en la 
      dirección de un proceso de integración que pueda caracterizarse como 
      democrático. En el caso venezolano, de acuerdo a lo previsto en el 
      artículo 73 de la Constitución, Referendos en Proyectos de Leyes y en 
      Materia Nacional, el Gobierno Nacional realizaría un referéndum sobre el 
      ALCA antes de aprobar o ratificar el Tratado. Una mayor transparencia, el acceso 
      pleno de las sociedades a toda la información y el debate público sobre 
      las negociaciones del ALCA, necesariamente exigirían otros cronogramas. 
      Son estos los costos necesarios de la democracia. El acelerado proceso de 
      reuniones que se llevan a cabo en la actualidad y la presión por concluir 
      estas negociaciones a más tardar a finales del año 2005, niega tanto la 
      posibilidad de la transparencia como la posibilidad de que sectores 
      sociales y la sociedad en su conjunto sean consultados antes de tomarse 
      decisiones de consecuencias tan profundas como las que estarían implicadas 
      en los actuales borradores del ALCA. La exigencia de la democracia y de 
      la transparencia, del acceso a la información y del derecho a la 
      participación en el proceso de toma de decisiones en torno al ALCA, tiene 
      su fundamento principal en el hecho de que el Tratado es mucho más que un 
      acotado acuerdo comercial. Abarca, por el contrario, el más amplio 
      espectro de la vida colectiva en sus dimensiones institucionales, 
      políticas, sociales, culturales. Esta amplia cobertura está definida en 
      términos precisos en uno de los Principios Generales establecidos 
      desde la Cuarta Reunión Ministerial de comercio de las Américas: Todos los países deben asegurar que 
      sus leyes, reglamentos y procedimientos administrativos estén conformes 
      con las obligaciones del acuerdo del ALCA. En otras palabras, se trata de la 
      exigencia de un rediseño político-institucional de la estructura de los 
      Estados, que requeriría en muchos casos -es esa la situación venezolana- 
      de importantes cambios constitucionales. Siendo esto así, no puede 
      seguirse negociado como si se tratase sólo de asuntos comerciales en los 
      cuales sólo participan expertos y especialistas en las diversas áreas del 
      derecho mercantil y el derecho internacional. Unas negociaciones 
      democráticas tienen que incorporar en forma efectiva a todos los sectores 
      de la población del continente, ya que serían todos, en alguna medida, 
      afectados por los acuerdos que se están negociando. 7. La desigualdad jurídica y el 
      libre movimiento de las personas  En la tradición liberal ha habido 
      históricamente una insistencia en que, a pesar de las diferencias fácticas 
      existentes en la distribución del poder y de los recursos entre los 
      ciudadanos de una democracia representativa, todos son iguales en el 
      sistema político (un ser humano un voto) e iguales ante la justicia: ésta 
      se supone ciega ante diferencias económicas, políticas, étnicas y 
      culturales. Sin embargo, las normas del ALCA establecen desigualdades 
      expresas entre los derechos de diferentes tipos de sujetos. Una primera 
      desigualdad es la que se establece en cada país entre los inversionistas 
      nacionales y los inversionistas de otros países que forman parte del 
      acuerdo. Mientras que las normas y regulaciones públicas no pueden 
      establecer ninguna condición que sea más favorable para los inversionistas 
      nacionales que para los inversionistas extranjeros, lo contrario sí es 
      perfectamente legítimo. Adicionalmente, el acuerdo establece una 
      diferencia fundamental a favor de los inversionistas extranjeros al 
      permitirles utilizar los mecanismos extranacionales de solución de 
      controversias para cuestionar o solicitar compensaciones, por normas, 
      leyes o políticas públicas de un país que, a su juicio, puedan de alguna 
      manera afectar su “ganancia esperada”. Esta posibilidad les está negada a 
      los inversionistas nacionales del país en cuestión. Es igualmente notoria 
      la desigualdad jurídica que el texto establece entre el común de las 
      personas, que en sus aspiraciones migratorias deben someterse a las 
      crecientes regulaciones y limitaciones que se han venido estableciendo 
      para cruzar fronteras, y una clase especial de ciudadanos, las llamadas 
      personas de negocios, que tendrían pleno derecho a ingresar a los 
      países donde su empresa realice una actividad económica.  Cuando se aumenta la movilidad de 
      las empresas y de los capitales y se restringe o reprime el movimiento de 
      las personas, se limita severamente la capacidad de negociación y de 
      exigencia de mejoría de condiciones laborales y salariales de los 
      trabajadores. La sola amenaza de que la empresa pueda moverse a otra 
      localidad puede coartar severamente la capacidad organizativa y 
      reivindicativa de los asalariados. Por ello un acuerdo comercial que sea 
      realmente beneficioso para todos los países, y para todos los sectores 
      sociales, requeriría, como es el caso de la Unión Europea, el libre 
      movimiento de las personas. 8. 
      Sobre las desigualdades en los niveles de desarrollo y los Fondos de 
      Convergencia Estructural Las negociaciones del Área de Libre 
      Comercio de las Américas se inician con la existencia de abismales 
      diferencias no sólo entre los tamaños de las economías, sino igualmente 
      extraordinarias diferencias en los niveles de desarrollo. Uno de los 
      objetivos principales que debería tener un proyecto de integración 
      exitoso, tal como lo ha demostrado la experiencia de la Unión Europea, es 
      que la integración permita dar pasos sólidos hacia significativas 
      reducciones de estas inmensas desigualdades inicialmente existentes. Esto 
      requiere el establecimiento de compromisos firmes -con procedimientos que 
      garanticen su cumplimiento- para que la operación del Tratado contribuya 
      en forma efectiva a la reducción de estas desigualdades. El tema de las profundas 
      desigualdades a partir de las cuales se inicia el proceso de negociaciones 
      del ALCA ha sido reconocido una y otra vez en los documentos de las 
      Cumbres Presidenciales y Reuniones Ministeriales. En la Declaración 
      Ministerial de Quito, se dice:  Reafirmamos nuestro compromiso de 
      tomar en cuenta al discutir el ALCA, las diferencias en los niveles de 
      desarrollo y el tamaño de las economías del Hemisferio, para asegurar la 
      plena participación de estas economías en la construcción y los beneficios 
      resultantes del Acuerdo. Sin embargo, las medidas que han 
      sido discutidas bajo el formato de trato preferencial, o bajo la 
      categoría de pequeñas economías, no permiten dar cuenta, ni ofrecer 
      orientaciones de políticas capaces de contribuir en forma efectiva a una 
      significativa reducción de esas profundas disparidades. No se trata sólo 
      de economías grandes y pequeñas, sino de estructuras económicas muy 
      diferentes.  Las medidas a las que se ha prestado 
      más atención se han limitado al fortalecimiento de la capacidad técnica de 
      los países para abordar las negociaciones del ALCA, pero nada se ha 
      decidido aún sobre las necesarias y urgentes medidas que hay que aplicar 
      para reducir y eliminar los profundos desequilibrios existentes entre 
      nuestros países. El Grupo Consultivo sobre Economías más Pequeñas 
      ha realizado un levantamiento sistemático sobre el “Informe del Comité de 
      Negociaciones Comerciales sobre los Resultados de los Avances Logrados 
      Relativos al Tratamiento de las Diferencias en los Niveles de Desarrollo y 
      Tamaño de las Economías en cada uno de los Grupos de Negociación”3 
      Este trabajo cuidadoso ilustra lo poco que se ha avanzado en dar una 
      respuesta adecuada a las exigencias de un Trato Preferencia y Diferenciado 
      para la economía más pequeñas y para los países, regiones y actividades 
      que presentan menores niveles de desarrollo. En la mayor parte de las 
      referencias a estos asuntos, el “trato preferencial” está limitado a 
      asistencia técnica para los procesos de ajuste, o a la extensión de los 
      plazos para el cumplimiento de las disciplinas del acuerdo. Pero ni 
      siquiera estas limitadas respuestas han sido hasta el momento acordadas. 
      Cada una de estas propuestas a lo largo de todos los borradores del 
      acuerdo se encuentra todavía entre corchetes.  Si no se concretan las acciones 
      necesarias para mejorar las condiciones del entorno social y productivo, 
      países muy desiguales serían tratados como iguales y se verían obligados a 
      competir bajo las mismas reglas a pesar de sus rezagos y debilidades.
       Un trato de iguales a economías 
      profundamente desiguales no puede sino favorecer a los más fuertes a costa 
      de los más débiles. Ni asistencia técnica para la adaptación, ni plazos de 
      unos cuántos años responden a estos problemas. Esto es particularmente 
      preocupante en vista de que en la definición de los “Objetivos y 
      Principios Generales” de la negociación4 
      del Tratado se establece que “Los derechos y obligaciones del ALCA deberán 
      ser comunes a todos los países.” Esto implica la exigencia de un 
      principio de reciprocidad entre economías y agentes económicos 
      profundamente desiguales. Esto entra en abierta contradicción con normas 
      de larga data del régimen interamericano.5
       Para avanzar en la reducción de 
      estas profundas desigualdades, es indispensable encarar este reto y asumir 
      compromisos firmes que necesariamente exigirán una significativa 
      transferencia de recursos desde los países más ricos a los países más 
      pobres. Desde nuestra perspectiva, un proyecto de integración puede ser 
      una oportunidad para todos si y sólo si las principales potencias del 
      hemisferio comparten los costos políticos, económicos y financieros de 
      abrir espacios para el esfuerzo productivo de los países más débiles. En 
      este sentido, la creación de los Fondos de Convergencia Estructural 
      destinados a financiar los proyectos en infraestructura y servicios para 
      disminuir las asimetrías y desigualdades entre países, es una condición 
      imprescindible para evitar que una Área de Libre Comercio sea un espacio 
      en el que ganan unos y pierden muchos.  Durante el CNC de Puebla realizado, 
      entre el 8 y 11 de abril del 2003, Venezuela presentó un documento en el 
      que se insiste en la necesidad de discutir la viabilidad y conveniencia de 
      incluir como tema el de los Fondos de Convergencia Estructural. 
      Estos tendrían el objetivo reducir de manera significativa las asimetrías 
      en los niveles de desarrollo entre naciones y entre sectores productivos. 
      Para ello dicho mecanismo contaría con metas sociales y económicas 
      precisas, plazos bien establecidos y mecanismos de seguimiento. El tratamiento en el ALCA de las 
      diferencias en los niveles de desarrollo y el tamaño de las economías 
      participantes, además de plantearse –por las razones arriba expuestas– 
      como un asunto de la mayor prioridad, debería incluir:  
           Si bien la instalación en 1998 del
      Grupo Consultivo sobre Economías más Pequeñas, GCEMP, y la creación 
      en 2002 del Programa de Cooperación Hemisférica, PCH6 
      , son iniciativas que responden a la existencia de profundas desigualdades 
      en el ALCA, es evidente que resultan insuficientes para una adecuada 
      atención del problema, empezando por el hecho de que hasta la fecha el 
      tratamiento especial y diferenciado no se hace extensivo a las economías 
      que sin ser de las “más pequeñas” se caracterizan por su escaso grado de 
      desarrollo promedio y/o por existir en su interior regiones o sectores que 
      requieren de apoyos especiales para poder enfrentar con éxito el libre 
      comercio hemisférico que el ALCA traerá consigo. Son más de 24 países en el 
      Hemisferio que reconocen las limitaciones de estas propuestas y exigen 
      cambiar la metodología de ayuda a los países en desarrollo. Un grupo de 
      delegaciones ha venido planteando este tema desde el principio de las 
      negociaciones e insisten en la necesidad de un Fondo de Integración 
      Regional; otros países solicitan un Fondo de apoyo a la reconversión de 
      empresas y a la reorientación de la producción, y algunos proponen un 
      Fondo de Compensación. Venezuela ha presentando una serie 
      de posibles fuentes de financiamiento para estos Fondos de Convergencia 
      Estructural, como pueden ser: condonación de la deuda externa, 
      retención para los Fondos de un porcentaje de los pagos que aún queden 
      pendientes por concepto de deuda externa, impuesto a las transacciones 
      cambiarias especulativas, aporte de los inversionistas extranjeros y 
      donaciones de organismos internacionales; en la búsqueda de cambiar deuda 
      por bienestar y mecanismos redistributivos eficientes y justos. 9. El ALCA ¿Amenaza a la 
      soberanía jurídica de los Estados? 
       Los conflictos potenciales entre las 
      orientaciones jurídicas normativas del ALCA, y las doctrinarias de la 
      soberanía de los Estados constituyen un asunto que requiere un debate a 
      fondo. La concepción del ALCA como instrumento para la transformación 
      jurídico política de cada uno de los países está claramente definida en 
      uno de los principios rectores de todo el proceso de negociaciones: Todos los países deben asegurar 
          que sus leyes, reglamentos y procedimientos administrativos estén 
          conformes con las obligaciones del acuerdo del ALCA.7 A lo largo del texto del tratado, 
      una y otra vez, se establece que la aplicación de leyes o normas del país 
      no podrá utilizarse como argumento para no cumplir con las obligaciones o
      disciplinas del tratado. Entre muchos ejemplos que están presentes 
      en el texto de los borradores del ALCA, pueden citarse los siguientes del
      Capítulo sobre Inversión. Los compromisos que adquiere el país:
       Se aplican en todo el territorio 
          de las Partes, y en cualquier nivel u orden de gobierno a pesar de 
          las medidas incompatibles que pudiesen existir en las legislaciones de 
          esos niveles u órdenes de gobierno. (Artículo 1.7 Ámbito de 
          Aplicación) Más adelante, dice el texto del 
      tratado: Nada de lo dispuesto en los 
          párrafos... se interpretará en el sentido de impedir a una Parte 
          adoptar o mantener medidas, incluidas las de naturaleza ambiental... 
          necesarias para asegurar el cumplimiento de leyes y reglamentaciones
          que no sean incompatibles con las disposiciones de este tratado. 
          (Artículo 7.4 Requisitos de Desempeño). Esto es, un Estado podrá tomar 
      medidas para el cumplimiento de leyes y reglamentos nacionales, pero, sólo 
      cuando estas leyes y reglamentos sean compatibles con los compromisos 
      acordados en el texto del ALCA. De consecuencias igualmente 
      profundas para el orden jurídico de cada uno de los países del continente 
      es la forma en la cual se le otorga a los inversionistas extranjeros el 
      derecho a utilizar los mecanismos de solución de controversia del tratado 
      para cuestionar normas, leyes, reglamentos o políticas públicas que de 
      alguna manera puedan afectar su "ganancia esperada". Como lo ha demostrado 
      la experiencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, este 
      derecho puede limitar severamente la capacidad de los Estados para hacer 
      cumplir o establecer normas y regulaciones en los terrenos ambientales y 
      de salud pública, restringiendo de esa manera el ejercicio de políticas 
      públicas soberanas en estos ámbitos. Estas reducciones profundas del 
      ámbito del ejercicio de la soberanía nacional afectarían a todos los 
      países del continente. Serían directamente incompatibles con los 
      contenidos doctrinarios básicos que sirven de sustento a la 
      Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999.
       Caracas, noviembre 2003 
		1 Documento oficial de la 
        República Bolivariana de Venezuela entregado a la Reunión Ministerial de 
        Miami de noviembre 2003. | 
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